Compartimos un análisis de la Resolución General 5655/2025, emitida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la cual tiene implicancias significativas para las operaciones de importación de nuestras empresas clientes. Esta norma, que entrará en vigencia el 1 de marzo de 2025, abroga la Resolución General N° 5.339 y sus modificatorias, restableciendo así la aplicación de certificados de exclusión para los regímenes de percepción del impuesto a las ganancias y al valor agregado (IVA) en importaciones definitivas.
A. Antecedentes y contexto
Para comprender el alcance de esta resolución, es importante revisar su marco normativo:
1. Resolución General N° 2.281: Estableció un régimen de percepción del impuesto a las ganancias para importaciones definitivas de bienes, permitiendo el uso de certificados de no retención (hoy certificados de exclusión) para evitar estas percepciones, conforme al artículo 38 de la Resolución General N° 830.
2. Resolución General N° 2.937: Instituyó un régimen de percepción del IVA en importaciones definitivas de cosas muebles gravadas, con la opción de solicitar certificados de exclusión (según la Resolución General N° 2.226) cuando las percepciones generaran saldos a favor permanentes.
3. Resolución General N° 5.339: Suspendió temporalmente, hasta el 30 de junio de 2025, la aplicación de los artículos relacionados con los certificados de exclusión en ambas resoluciones anteriores, afectando la posibilidad de las empresas de evitar estas percepciones.
B. Resumen de la Resolución General 5655/2025
La nueva resolución abroga la Resolución General N° 5.339 y sus modificatorias (incluyendo las Resoluciones Generales N° 5.441, 5.476, 5.520, 5.624, entre otras disposiciones relacionadas), eliminando la suspensión antes mencionada. A partir del 1 de marzo de 2025, los certificados de exclusión vuelven a ser aplicables para eximir a las empresas de las percepciones de ganancias e IVA en importaciones definitivas perfeccionadas desde esa fecha.
C. Importancia para las Empresas
Esta norma tiene un impacto directo y positivo en las empresas importadoras, destacándose los siguientes aspectos:
• Alivio Financiero: La reincorporación de los certificados de exclusión evita las percepciones de impuestos, mejorando el flujo de caja y reduciendo la acumulación de saldos a favor, un beneficio clave para empresas con importaciones frecuentes.
• Simplificación Administrativa: Disminuye la carga operativa asociada con la gestión de percepciones y la solicitud de devoluciones, permitiendo a las empresas optimizar sus recursos.
• Planificación Tributaria: Facilita una gestión fiscal más predecible y eficiente, al eliminar la incertidumbre ligada a las percepciones suspendidas.
D. Conclusión
La Resolución General 5655/2025 representa una oportunidad estratégica para las empresas importadoras, al restaurar un mecanismo que alivia presiones financieras y administrativas. Recomendamos revisar sus procesos y evaluar la solicitud de certificados de exclusión para maximizar los beneficios de esta disposición.
Quedamos a disposition para cualquier consulta o para colaborar en la implementación de las medidas necesarias ante esta nueva normativa.
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