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La Corte Suprema ratificó la exigencia del depósito previo en litigios laborales de trabajadores autónomos

Foto del escritor: TGCQTGCQ

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el planteo de un trabajador autónomo que buscaba ser eximido del depósito previo establecido en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. De esta forma, reafirmó la obligatoriedad de este requisito, incluso en casos que involucran conflictos laborales, siempre y cuando el reclamante no sea un trabajador en relación de dependencia.


El caso

El actor argumentaba que la naturaleza laboral de su reclamo lo habilitaba para la exención contemplada en la ley 21.859. Sin embargo, el Máximo Tribunal aclaró que dicha exención, actualmente regulada por el inc. e del art. 13 de la ley 23.898, se aplica exclusivamente a trabajadores en relación de dependencia en juicios originados por su vínculo laboral, situación que no se configuraba en el caso del demandante, cuya actividad se desarrollaba de forma autónoma.


Asimismo, la CSJN rechazó el planteo de inconstitucionalidad de las acordadas 28/91 y 77/90, al considerarlo extemporáneo por no haber sido presentado en la primera oportunidad procesal que tuvo el recurrente,esto es, al interponer el recurso de hecho, circunstancia que hacía previsible la exigencia del depósito como requisito de admisibilidad.


La Corte recordó que el depósito previo es un requisito esencial para la procedencia del recurso de hecho y que su exigencia no vulnera garantías constitucionales, salvo en los casos de exención legal o beneficio de litigar sin gastos.


'La exigencia del depósito previo, caracterizada por la Corte Federal como requisito esencial para la procedencia del recurso de hecho, no vulnera garantía constitucional alguna y solo cede respecto de quienes se encuentran exentos de pagar el sellado o tasa de justicia, según las previsiones de las leyes nacionales respectivas, o han obtenido el beneficio de litigar sin gastos en forma definitiva'.


Esta decisión de la Corte Suprema consolida la jurisprudencia en torno al depósito previo, estableciendo una clara distinción entre los trabajadores en relación de dependencia y los trabajadores autónomos en el ámbito de los litigios laborales. La medida busca garantizar el acceso a la justicia sin menoscabar la seguridad jurídica y el cumplimiento de las normas procesales.


Resolución

La Justicia desestimó el planteo efectuado y se reitera la intimación al pago del depósito previo, la que deberá cumplirse en el término de cincodías desde la notificación de la resolución.


La decisión en el caso 'Perini c/ Municipalidad de Villa del Rosario' consolida la jurisprudencia en torno al depósito previo, proporcionando mayor claridad sobre su aplicación a los trabajadores autónomos en el contexto de los conflictos laborales. El fallo subraya la importancia del cumplimiento de los requisitos procesales para garantizar el acceso a la justicia y la seguridad jurídica.


Fuente: Errepar

 
 
 

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