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Ganancias y Bienes Personales: cuáles son las novedades del aplicativo para el período fiscal 2024

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    TGCQ
  • hace 1 día
  • 4 Min. de lectura

ARCA puso a disposición de los contribuyentes en su sitio web los aplicativos para liquidar el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2024.


Aún resta la publicación por parte de ARCA de las valuaciones oficiales para el período 2024.


Ganancias 2024: las novedades del aplicativo

Desde Tributum.News explicaron -una por una- las novedades relacionadas al impuesto a las Ganancias 2024:


1. a. Rentas de 1ra categoría - fuente argentina y fuente extranjera


Ingresos: se incorpora la posibilidad de declarar más de un inquilino o arrendatario para cada inmueble.


1. b. Rentas de 2ra categoría - fuente argentina



Se incorporan clases de título a declarar para el caso de dividendos y otras utilidades asimilables: cuotapartes SRL y otros.


1. c. Rentas de 4ta categoría - fuente argentina


Ingresos: de acuerdo con la normativa vigente a partir del período 2024 (modificada a partir de la Ley 27743), se eliminan los siguientes apartados: ingresos percibidos por personal docente en concepto de adicional por material didáctico (autónomo y en relación de dependencia); incremento por zona patagónica; SAC 1° y 2° cuota exenta/no alcanzada; ingresos obtenidos por servicios prestados en horas extra; remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias y horas extra de personal de salud; bono por productividad, fallo de caja o conceptos de similar naturaleza; personal militar - suplementos particulares art. 57, Ley 19101 exentos; compensación gastos teletrabajo exentos.


Gastos y deducciones: de acuerdo con la normativa vigente a partir del período 2024 (modificada a partir de la Ley 27743), se eliminan los siguientes apartados: gastos de movilidad y viáticos; deducciones generales SAC 1° y 2° cuota exenta/no alcanzada.


2. Deducciones fuente argentina


Se unifica el tope de deducción para el período 2024 quitando la distinción de adicional por zona patagónica, según la modificación introducida por la Ley 27743, para las siguientes deducciones: personal doméstico; alquileres de inmuebles con destino casa habitación; servicios y herramientas con fines educativos para cargas de familia.


De acuerdo con la normativa vigente a partir del período 2024 (modificada a partir de la Ley 27743) se eliminan los siguientes apartados: total deducción gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas abonados por el empleador; gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas abonados por el empleador.


Se modifican los nombres de los siguientes campos para que se ajusten al texto de la Ley 20628: indumentaria y equipamiento ¿ uso exclusivo y carácter obligatorio- adquiridos por el empleado; servicios y herramientas con fines educativos para cargas de familia.


Se elimina requisito de contrato en formato .pdf para todos los casos de alquileres.


Se incorpora grilla que permite exteriorizar en distintas líneas cada uno de los inquilinos (contraparte).


3. Deducciones personales


Cargas de familia: se quita la distinción de adicional por zona patagónica para considerar el monto máximo a deducir, según la modificación introducida por la Ley 27743.


Ganancia no imponible: se quita la distinción de adicional por zona patagónica para considerar tope a deducir, según la modificación introducida por la Ley 27743.


Se incorpora la deducción especial adicional doceava parte, establecida en el art. 30 Ley 20628 (modificación introducida por la Ley 27743).


Se actualizan las validaciones para aplicar la deducción específica de 8 veces la suma de los haberes mínimos garantizados solo en aquellos casos en que sea superior a la sumatoria de ganancia no imponible y deducción especial (art. 30, inc. a y c, Ley 20628).


4. Bienes y deudas


Monedas digitales, monedas virtuales, criptoactivos o similares: se modifica la información a declarar referida a las tenencias de monedas digitales. También se permite declarar la tenencia en billeteras virtuales.


5. Determinación del impuesto


Según la modificación introducida por el art. 70, Ley 27743 se quitan los apartados: deducción especial incrementada primera y segunda parte del penúltimo párrafo del inc. c), art. 30 (Ley 20628).


6. Determinación del saldo


Se incorpora el campo ¿Deducción especial - art. 83, Ley 27743 y art. 8, Decreto 652/2024¿ para exteriorizar el ajuste correspondiente para aquellos sujetos que perciban rentas de 4° categoría del art. 82, inc. a), b) y c).


Retenciones y percepciones: se habilita la carga e importación de datos de percepciones del período del 23/11/2023 al 12/12/2023 (RG 5450/2023), computables para el período 2024.


7. Formulario


Se actualiza logo y mensajería de acuerdo con la nueva imagen institucional.


Bienes Personales 2024: las novedades del aplicativo

Desde Contadores en Red reseñan las novedades respecto a Bienes Personales 2024


Registración de Bienes Personales


1. Inmuebles:


Se actualiza el valor de casa habitación, según el art. 24 continuación de la Ley 23966.


Se incorpora nuevo valor índice IPC aplicable al período fiscal.


2. Derechos reales:


Se incorpora la indicación de la residencia fiscal de la contraparte declarada.


3. Monedas digitales, monedas virtuales, criptoactivos o similares:


Se modifica la información a declarar referida a las tenencias de monedas digitales. También se permite declarar la tenencia en billeteras virtuales.


4. Repatriación de bienes:


Se elimina este apartado de acuerdo con la aplicación de única tabla para bienes en el país y en el exterior (art. 63, Ley 27743).


5. Determinación del impuesto:


Se modifica el cálculo del impuesto según las modificaciones que surgen de la Ley 27743: actualización del mínimo no imponible y aplicación de tabla del art. 25 correspondiente al período 2024.


Se elimina el apartado referido a la repatriación de bienes.


6. Determinación del saldo


Retenciones y percepciones: se habilita la carga e importación de datos de percepciones del período del 23/11/2023 al 12/12/2023 (RG 5450/2023), computables para el período 2024.


7. Migración de datos


Se traerá la información correspondiente a los bienes incluidos en la Declaración jurada de regularización (F3321).


Fuente:


 
 
 

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