El Banco Central (BCRA) avanzó con una nueva flexibilización del cepo cambiario al autorizar a las empresas el uso de fondos propios en moneda extranjera para realizar pagos por importaciones antes de los plazos actualmente vigentes para el acceso a las divisas por el mercado cambiario oficial.
Lo resolvió su directorio, que viene realizando ajustes de este tipo cada semana desde hace dos meses, en su tradicional reunión semanal ordinaria de los días jueves y quedó establecido por la Comunicación “A” 8133 publicada esta tarde.
La medida, ya en vigencia, busca que los importadores puedan optar “entre pagar sus importaciones con acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) en los plazos que correspondan -según el tipo de bien o servicio- o adelantar esos pagos usando fondos propios en moneda extranjera o con financiamiento local cuando estén habilitados”.
En la entidad confían en que esta alternativa puede abrirles la puerta para tener la posibilidad de negociar mejores condiciones de compra con sus proveedores.
Se trata, nada más y nada menos, que de la vigésima séptima flexibilización de restricciones desde que asumió Santiago Bausili al frente de esa entidad, contabilizando las normas dispuestas para simplificar el acceso al MLC o permitir operaciones previamente limitadas.
Las más importantes están relacionados al acortamiento progresivo de los plazos de pago para las importaciones, desde hace poco más de un mes estandarizados en 30 días (salvo para los casos que tienen acceso inmediato al mercado). Esto permitió prácticamente regularizar totalmente el flujo de pagos, mientras a la vez se atiende el stock de deuda heredado de los tiempos de las SIRA.
La resolución fue apoyada por la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA), que la venía pidiendo desde el año 2022 al punto que había sido incluida en el Presupuesto Nacional 2023 aunque nunca había llegado formalizarse. De hecho su titular, Marcelo Fernández, afirmó que la medida “permitirá a las Pymes que necesitan insumos del exterior tener mayor previsibilidad a la hora de producir”.
Con esta nueva flexibilización, las importaciones se podrán pagar en forma anticipada cuando:
a) se trate de bienes de capital y utilicen fondos propios que tengan depositados en sus cuentas locales en moneda extranjera;
b) o cuando sea para ingresar el resto de los bienes, en cuyo caso se permite realizar pagos con esos recursos antes de los plazos establecidos normativamente e incluso a la vista de la documentación de embarque;
c) los importadores de servicios a una contraparte no vinculada también podrán utilizar fondos propios que tengan depositados en sus cuentas locales y/o reciban de sus ventas en moneda extranjera y se concrete mediante la realización de un canje y/o arbitraje con esos recursos;
d) también la opción queda abierta para las empresas que sean elegibles para tomar financiamiento local en moneda extranjera. “En ese caso también estarán autorizadas a utilizar estas divisas para realizar los pagos”, se expresó.
Fuente: La Nación
Comments