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Convocatoria para definir el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil

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    TGCQ
  • hace 1 minuto
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El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, a través de la Resolución 1/2025, publicada en el Boletín Oficial de hoy, fue convocado a una sesión plenaria ordinaria para el próximo 29 de abril de 2025, a las 12:30 horas.

La reunión, que se llevará a cabo de manera virtual, tiene como objetivo principal la determinación del Salario básico y la fijación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.


Se estableció, a los fines previstos en el artículo 137 de la Ley N° 24.013, la citación a segunda sesión para las 14:00 horas de ese mismo día.


¿Cuándo fue la última actualización?


La última actualización del SMVM se remonta a diciembre de 2024, cuando, ante la falta de acuerdo entre el sector empresarial y las organizaciones sindicales, el Poder Ejecutivo tomó la decisión de fijar los nuevos montos mediante un decreto.


De esta manera, se estableció un piso salarial de $279.718 para los trabajadores mensualizados con jornada legal completa a partir del 1° de diciembre.


Esta medida se complementó con incrementos escalonados para los meses siguientes: $286.711 en enero de 2025, $292.446 en febrero y $296.832 en marzo.


Para los trabajadores jornalizados, los valores por hora se fijaron en $1.399 en diciembre, $1.434 en enero, $1.462 en febrero y $1.484 en marzo.


¿En dónde impacta el aumento del SMVM?

La ampliación tiene incidencia directamente sobre los siguientes puntos:


Embargo de sueldos: se modifican los topes con los que se calculan los embargos de sueldos -en función de lo dispuesto por el D. 484/1987-.


Seguro colectivo de vida obligatorio: se incrementa la alícuota de esta contribución, aunque esto último tendrá efecto recién a partir de marzo del año que viene, ya que se calcula en función de la suma asegurada, que se actualiza anualmente en marzo de cada año, conforme lo dispone la resolución 39766/2016 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).


Prestaciones de ANSeS: también se ven alcanzados otros beneficios que otorga la ANSeS, como por ejemplo la asignación universal por hijo para protección social, que es percibida por quien resulte titular, cuando los integrantes del grupo familiar se encuentren desocupados, se desempeñen en la economía informal con un ingreso inferior al salario mínimo vital y móvil, sean monotributistas sociales, o sean trabajadores de casas particulares.


Sociedades por acciones Simplificadas: con el incremento del salario mínimo, vital y móvil, el capital mínimo requerido para la constitución de una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) se actualiza. Este capital mínimo está definido por la ley de emprendedores y debe ser igual a dos veces el salario mínimo vigente al momento de la constitución.


Fuente: Errepar

 
 
 

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