ARCA - Protocolo de Actuación ante la Consulta de Personas con Trascendencia Pública
- Federico Schweizer
- 21 mar
- 4 Min. de lectura
La Disposición 44/2025, emitida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y publicada el 21 de marzo de 2025 en el Boletín Oficial, introduce un marco normativo clave para regular el acceso a información sensible de personas con roles destacados en la función pública.
Disposición 44/2025
La Disposición 44/2025 establece el "Protocolo de Actuación ante la Consulta de Personas con Trascendencia Pública", definiendo a estas personas como funcionarios públicos, actuales o pasados (hasta dos años después del cese de funciones), que ocupan u ocuparon cargos relevantes en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial a nivel nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Entre ellos se incluyen:
Altos cargos como Presidente, Vicepresidente, gobernadores, intendentes, legisladores, magistrados y miembros del Ministerio Público.
Funcionarios de entes reguladores, fuerzas de seguridad (con jerarquía de coronel o superior), universidades públicas y empresas estatales con categoría no inferior a Director.
La norma faculta a la Dirección de Auditoría de Procesos Centrales (o el área que asuma sus funciones en el futuro) para mantener actualizada una base de datos con las altas, bajas y modificaciones de estas personas. Además, le encomienda elaborar el protocolo mencionado en un plazo de 30 días desde su publicación, sujeto a la aprobación de la Dirección Ejecutiva de la ARCA. La disposición entró en vigencia el 21 de marzo de 2025.
Importancia de la norma
Transparencia en el acceso a datos sensibles: Al regular cómo y quién puede consultar información patrimonial o personal de personas de trascendencia pública, se evitan accesos injustificados o discrecionales, garantizando un manejo responsable de datos críticos.
Prevención de la corrupción: La parametrización clara de los sujetos y la creación de un protocolo buscan mitigar riesgos de filtraciones o usos indebidos de información, que podrían facilitar actos corruptos o comprometer la integridad institucional.
La disposición responde a la necesidad de modernizar los controles internos de la ARCA, creada en 2024 tras la disolución de la AFIP, y de adaptarse a un entorno donde la seguridad y la criticidad de la información son prioritarias.
Antecedentes
La Disposición 44/2025 no surge de manera aislada, sino que se enmarca en un contexto normativo global y local orientado a combatir la corrupción y promover la transparencia. A continuación, se enuncian algunos antecedentes:
Convención Interamericana contra la Corrupción (Ley N° 24.759):
Ratificada por Argentina, define la "función pública" y a los "funcionarios públicos" en términos amplios, incluyendo a quienes ejercen actividades en nombre del Estado, ya sean temporales o permanentes. La disposición toma esta definición como base para identificar a las personas de trascendencia pública, reflejando un alineamiento con compromisos regionales contra la corrupción.
Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública (N° 25.188):
Esta ley argentina enumera a los sujetos obligados a cumplir con estándares éticos, como altos funcionarios y magistrados. La Disposición 44/2025 se inspira en esta norma para delimitar los contextos de trascendencia pública, integrándola al marco legal existente.
Ejemplos internacionales:
España - Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (2013): Regula la publicación de información patrimonial de altos cargos y establece controles para garantizar la transparencia. Similar a la disposición argentina, busca prevenir abusos y fomentar la accountability.
Unión Europea - Reglamento General de Protección de Datos (GDPR): Aunque centrado en la protección de datos, impone restricciones estrictas sobre el manejo de información de figuras públicas, equilibrando transparencia y privacidad, un principio que resuena en la intención de la ARCA de evitar desviaciones informativas.
Resumen - Disposición 44/2025 de la ARCA
CONCEPTO | DETALLE |
Norma | Disposición 44/2025 |
Organismo emisor | Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) |
Fecha de emisión | 19 de marzo de 2025 |
Fecha de publicación | 21 de marzo de 2025 (Boletín Oficial) |
Objetivo principal | Regular el acceso a información de personas con roles destacados en la función pública mediante un "Protocolo de Actuación ante la Consulta de Personas con Trascendencia Pública" |
Definición de Personas de Trascendencia Pública | Funcionarios públicos (actuales o hasta 2 años después del cese) en cargos relevantes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial a nivel nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Cargos incluidos (ejemplos) | - Presidente, Vicepresidente, gobernadores, intendentes, legisladores, magistrados, miembros del Ministerio Público, síndicos generales, rectores de universidades públicas, altos mandos de fuerzas de seguridad, entre otros |
Responsable de la base de datos | Dirección de Auditoría de Procesos Centrales (o área futura equivalente) |
Funciones de la Dirección | - Mantener actualizada la base de datos (altas, bajas, modificaciones) |
- Elaborar el "Protocolo de Actuación" en 30 días para aprobación de la Dirección Ejecutiva | |
Entrada en vigencia | 21 de marzo de 2025 |
Importancia | - Promueve transparencia y previene corrupción en el acceso a datos sensibles |
- Fortalece la confianza pública en la gestión de información crítica | |
Antecedentes internacionales | - Convención Interamericana contra la Corrupción (Ley N° 24.759) - Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública (N° 25.188) - Ley de Transparencia de España (2013) - Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) de la UE |
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