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Análisis del Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor. Vigencia plena ABRIL 2025.

Foto del escritor: Federico SchweizerFederico Schweizer

El Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, establecido por el Título VII de la Ley N° 27.743 y reglamentado por la Resolución General 5614/2024 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), introduce cambios significativos en la emisión de comprobantes para operaciones con consumidores finales. Este artículo ofrece un análisis detallado de la normativa, su contexto legal, sus implicancias para las empresas y un cronograma de implementación, acompañado de gráficos para facilitar su comprensión. El objetivo es proporcionar a las empresas una guía clara para cumplir con las nuevas obligaciones.

 

A. CONTEXTO LEGAL Y OBJETIVO DEL RÉGIMEN

 

El Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor tiene su fundamento en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que garantiza a los consumidores el derecho a una información adecuada y veraz, y en el artículo 4° de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor, que obliga a los proveedores a detallar claramente las características de bienes y servicios. En este marco, el artículo 99 de la Ley N° 27.743 establece que quienes realicen ventas, locaciones de obra o prestaciones de servicios a consumidores finales deben discriminar en los comprobantes el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otros impuestos nacionales indirectos que incidan en el precio.

 

El propósito del régimen es brindar a los consumidores finales mayor claridad sobre los tributos que pagan en cada transacción, promoviendo transparencia en las operaciones comerciales. Además, la norma invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar medidas similares para detallar impuestos locales, como el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

 

La Resolución General 5614/2024, publicada el 13 de diciembre de 2024 en el Boletín Oficial, modifica y complementa las Resoluciones Generales Nros. 1.415, 3.561 y 4.291, que regulan los regímenes de emisión de comprobantes, el uso de controladores fiscales y la facturación electrónica, respectivamente.

 

B. PRINCIPALES DISPOSICIONES DE LA RESOLUCIÓN GENERAL 5614/2024

 

1. Discriminación de Impuestos en Comprobantes

 

El artículo 1° de la resolución establece que el IVA y otros impuestos nacionales indirectos deben discriminarse en los comprobantes conforme a la Resolución General N° 1.415 y sus modificatorias. Esto implica que las facturas, tickets o comprobantes fiscales similares emitidos a consumidores finales deben detallar explícitamente estos tributos.

 

2. Modificaciones a la Resolución General N° 1.415

 

El artículo 2° introduce cambios específicos en la normativa de emisión de comprobantes:

 

  • Eliminación de excepciones: Se suprimen ciertos puntos que eximían de la obligación de emitir comprobantes o detallar impuestos en casos específicos (punto 12 del inciso a) del artículo 23, segundo párrafo del artículo 63, inciso n) del Anexo I).

  • Nuevos datos en comprobantes: Se incorpora la obligación de consignar el importe de "Otros Impuestos Nacionales Indirectos" en operaciones contempladas por el artículo 99 de la Ley N° 27.743 (inciso f) del Título III del Anexo II).

  • Tratamiento del IVA: Se actualiza el inciso a) del Título IV del Anexo II para distinguir entre:

 

  • Operaciones con responsables inscriptos o monotributistas, donde se deben detallar alícuota, monto del IVA, otros tributos y percepciones.

  • Operaciones con consumidores finales, exentos o no alcanzados, donde el IVA debe discriminarse obligatoriamente.

 

  • Ubicación de la información: Los comprobantes deben incluir un apartado titulado "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)", con los datos "IVA Contenido" y "Otros Impuestos Nacionales Indirectos" en el espacio inferior izquierdo (incisos f) y g) del Apartado B del Anexo II).

 

3. Actualización de Controladores Fiscales (Resolución General N° 3.561)

 

Los artículos 3° y 4° establecen requisitos para los "Controladores Fiscales" de "Nueva Tecnología":

 

  • Cajas Registradoras: Deben actualizar el firmware para incluir el título "Transparencia Fiscal", seguido de "IVA Contenido" y "Otros Impuestos Nacionales Indirectos" en el sector de "Otras Leyendas".

  • Impresoras Fiscales: Hasta que se actualice el firmware, los datos pueden consignarse en líneas libres del usuario, omitiendo el título "Transparencia Fiscal" si es necesario por espacio.

 

4. Facturación Electrónica (Resolución General N° 4.291)

 

El artículo 5° modifica el artículo 15 de la Resolución General N° 4.291, exigiendo que los comprobantes electrónicos (impresos o en formato gráfico) incluyan los datos del régimen, ya sea según el diseño de la Resolución General N° 1.415 o el de los controladores fiscales.

 

5. Implementación gradual

 

El artículo 6° define un cronograma escalonado:

 

  • 1° de enero de 2025: Las "empresas grandes" (definidas por la Resolución General N° 4.367) deben discriminar IVA e impuestos internos (estos últimos en el campo "Otros Impuestos Nacionales Indirectos").

  • 1° de abril de 2025: El resto de los contribuyentes deben discriminar el IVA obligatoriamente, aunque pueden hacerlo voluntariamente desde el 1° de enero de 2025.

  • Comprobantes electrónicos: Los generados vía "Comprobantes en línea" o "Facturador Móvil" incluirán el IVA discriminado desde el 1° de enero de 2025.

 

C. IMPLICANCIAS PARA LAS EMPRESAS

 

Las empresas deben tomar medidas para cumplir con el régimen:

 

  • Actualización de sistemas: Asegurarse de que los sistemas de facturación (software y controladores fiscales) permitan discriminar el IVA y otros impuestos según las especificaciones técnicas.

  • Capacitación del personal: Instruir al equipo sobre cómo emitir comprobantes conformes y explicar la información a los consumidores.

  • Revisión de procesos: Ajustar los procedimientos de facturación para cumplir con las fechas establecidas, especialmente si son "empresas grandes".

 

Cuadro: Cronograma de implementación

 

FECHA

CONTRIBUYENTE

OBLIGACIÓN

1° ene. 2025

Empresas grandes

Discriminar IVA e impuestos internos

1° ene. 2025

Resto de contribuyentes

Discriminar IVA (opcional)

1° ene. 2025

Usuarios de "Comprobantes en línea" o "Facturador Móvil"

IVA discriminado automáticamente

1° abr. 2025

Resto de contribuyentes

Discriminar IVA (obligatorio)

Esquema de Flujo: Proceso de emisión de comprobantes



Segmentación de obligaciones por Tipo de Contribuyente



La Resolución General 5614/2024 implementa el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, adaptando las normativas de facturación para garantizar que los consumidores finales conozcan los impuestos incluidos en sus transacciones.

 
 
 

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